Un tatuaje es permanente y atraviesa la piel. Es, técnicamente, un procedimiento invasivo, y por eso en Chile está regulado: el Decreto Supremo 304 de 2002 fija las condiciones sanitarias que debe cumplir cualquier lugar donde se tatúe.
Chile y Uruguay son los únicos países de la región con una norma nacional uniforme. En la mayoría de los países vecinos la exigencia cambia de ciudad en ciudad, o directamente no existe. Eso significa que acá sí hay algo concreto que puedes pedir que te muestren.
Qué exige la norma, en corto: autorización sanitaria vigente del establecimiento, material punzante de un solo uso, esterilización de lo reutilizable, superficies lavables, lavamanos en la zona de trabajo, y registro de cada procedimiento con el consentimiento informado del cliente.
Cómo verificarlo sin ser experto: pide ver la resolución sanitaria, fíjate en que la aguja se abra delante de ti, y en que te hagan firmar un consentimiento informado. Si las tres cosas están, estás en un lugar que cumple. Si alguna falta, es motivo suficiente para levantarte e irte.
En Estudio Okami el consentimiento informado es digital y queda registrado en cada sesión. No es un trámite: es la parte de la norma que protege a las dos partes, y es lo primero que un estudio informal se salta.